Artículo 2 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Objeto de la Ley
Libro primero. Disposiciones generales · Título I. Disposiciones preliminares · Capítulo único. Ámbito de aplicación y objeto
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022
Esta Ley tiene como objeto:
I.Establecer el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes en la República Mexicana;
II.Garantizar los derechos humanos de las personas adolescentes a quienes se les impute o resulten responsables de la comisión de hechos tipificados como delitos;
III.Establecer los principios rectores del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes en la República Mexicana;
IV.Establecer las bases, requisitos y condiciones de los mecanismos alternativos de solución de controversias del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes;
V.Determinar las medidas de sanción correspondientes a quienes se les compruebe la comisión de un hecho señalado como delito por las leyes penales durante su adolescencia según su grupo etario;
VI.Definir las instituciones, órganos y autoridades especializados, así como delimitar y distribuir sus atribuciones y funciones para la aplicación de las normas del Sistema;
VII.Establecer los procedimientos de ejecución de medidas de sanción y los relativos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecución de las medidas;
VIII.Determinar los mecanismos de cumplimiento, sustitución y terminación de las medidas de sanción.