Artículo 11 del Código Penal de Aguascalientes
Libro primero · Parte general · Título tercero. El delito · Capítulo I. Elementos del Delito
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
Elementos del delito. Para que puedan aplicarse legalmente las penas y medidas de seguridad previstas en cada una de las figuras típicas reguladas en este Código debe acreditarse en cada hecho punible, la existencia de los siguientes elementos, para la configuración del delito:
I.La Conducta;
II.La Tipicidad;
III.La Antijuridicidad; y
IV.La Culpabilidad.
Tratándose de sujetos declarados inimputables, para que se les pueda aplicar la correspondiente medida de seguridad, bastará la acreditación de los elementos descritos en las Fracciones I a la III.