Artículo 1321 del Código Civil de Baja California Sur
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VII. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
El legatario de un bien que perece incendiado después de la muerte del testador tiene derecho de recibir la indemnización del seguro si el bien estaba asegurado.