Artículo 1492 del Código Civil de Sonora
Libro cuarto. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VII. De los legados disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
El legatario de un bien que perece incendiado después de la muerte del testador, tiene derecho de recibir la indemnización del seguro si la cosa estaba asegurada.