Artículo 330 del Código Civil de Baja California Sur
Libro primero. De las personas · Titulo séptimo. Del concubinato · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
El concubinato es la unión entre dos personas libres, de impedimentos de parentesco y ligamen matrimonial, con el propósito tácito de integrar una familia, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua, mediante la cohabitación doméstica y sexual.