CPBCS · Art. 181

Artículo 181 del Código Penal de Baja California Sur

Libro segundo · Parte especial · Título quinto. Delitos contra la libertad sexual y el normal desarrollo psicosexual · Capítulo III. Agravantes para los delitos de violación y abuso sexual

Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 10 de octubre de 2026

Agravantes. Las penas previstas para la violación y el abuso sexual se aumentarán en una mitad cuando sean cometidos:

I.Con intervención directa o inmediata de dos o más personas;

II.Cuando se realice por persona que tenga a la víctima bajo su responsabilidad la custodia, guarda, tutela, cuidados o dependencia económica. Además de la pena de prisión, a la persona responsable se le impondrá la pérdida de los derechos relativos a la patria potestad, tutela o custodia, así como los derechos sucesorios con respecto del sujeto pasivo;

Fracción reformada BOGE 05-02-2026

III.Por quien desempeñe un cargo o empleo público o ejerza su profesión, utilizando los medios o circunstancias que éstos le proporcionen. Además de la pena de prisión, la persona sentenciada será destituida del cargo o empleo o suspendida por el término de cinco años en el ejercicio de dicha profesión;

IV.Cuando exista o haya existido entre el agresor o la victima una relación de confianza, sentimental, de parentesco por consanguinidad o afinidad, laboral, educativa, docente, de formación deportiva, artística o religiosa;

Fracción reformada BOGE 05-02-2026

V.Cuando el responsable allane el domicilio de la víctima;

VI.Si el delito es cometido en el interior de las instituciones públicas o privadas de educación inicial, especial, básica, media superior, o en sus inmediaciones o en cualquier centro de enseñanza extraescolar e instituciones afines; o

VII.En un lugar despoblado, solitario o poco accesible;

Fracción reformada BOGE 05-02-2026

VIII.Con violencia física, psicológica o moral;

Fracción adicionada BOGE 05-02-2026

IX.Cuando se realice por ministro de culto aprovechando su cargo, función o comisión;

Fracción adicionada BOGE 05-02-2026

X.Cuando la víctima se encuentre bajo los efectos de alcohol, fármacos, narcóticos u otras sustancias que afecten su voluntad o discernimiento;

Fracción adicionada BOGE 05-02-2026

XI.Cuando la víctima se encuentre en estado de embarazo o puerperio;

Fracción adicionada BOGE 05-02-2026

XII.Cuando se cometa contra personas por su orientación sexual, identidad de género o expresión de género; y

Fracción adicionada BOGE 05-02-2026

XIII.Cuando la víctima se encuentre en estado de indefensión.

Fracción adicionada BOGE 05-02-2026

En el supuesto establecido en la fracción VI, si el activo es un docente, administrativo, directivo u operativo, además de las penas establecidas, se le impondrá destitución e inhabilitación para desempeñar otro empleo, cargo o comisión en instituciones educativas por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta.

Leer de corridodentro de Libro segundo

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
e2a67fd946a6…
Última reforma
(Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 24 notas de reforma de encabezados ('Capítulo adicionado BOGE …', 'Denominación del Capítulo reformada BOGE …') se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • Texto tomado del .doc oficial del Congreso (Word 97; el Congreso no publica PDF de este código), convertido a texto con textutil (macOS); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado/pie de página de Word que textutil agrega al final (nombre del código, «H. Congreso del Estado de Baja California Sur / Oficialía Mayor / Departamento de Apoyo Parlamentario / Última Reforma BOGE …», número de página).
  • Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado BOGE 14-06-2022') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.
  • El epígrafe del artículo ('Artículo 1. Principio de legalidad. A nadie …') se conserva dentro del texto, como lo imprime la fuente.
  • La fuente indica en su portada: 'Declaratoria de invalidez de artículo por Sentencia de la SCJN 130/2021'.

Transitorios (53 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 181, Código Penal de Baja California Sur (Baja California Sur). Texto vigente, última reforma 10 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california-sur/codigo-penal/articulo-181/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.