CPBC · Art. 125 Bis

Artículo 125 Bis del Código Penal de Baja California

Libro segundo · Parte especial · Titulo primero. Delitos contra la vida, la salud personal y dignidad humana · Capitulo I. Homicidio

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 28 de agosto de 2026

Del ataque de un animal que culmine con la muerte de una persona, se impondrá una pena de 4 a 8 años de prisión, y será responsable la persona propietaria, poseedora o quien ostente la posición de garante del animal.

La pena prevista para el párrafo anterior, se incrementarán hasta en una tercera parte cuando:

I.La víctima sea una niña, niño o adolescente, persona con discapacidad, persona adulta mayor o mujer embarazada;

II.La persona responsable haya sido previamente advertida, apercibida o sancionada por la autoridad competente, respecto a la peligrosidad del animal;

III.Si los animales ya habían causado lesiones a otra persona anteriormente, y a pesar de los registros, la persona propietaria, poseedora o que ostente la calidad de garante del animal, no tomaron acciones para evitar nuevos ataques, y/o

IV.Se trate de un ataque colectivo de dos a más perros. Se entiende por ataque colectivo cuando el homicidio fue causado pro ataque compuesto por varios animales que pertenecían a uno o más personas propietarias, poseedoras o garantes.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Baja California)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo Adicionado
  • Historial de la fuente: Fue adicionado por Decreto No. 127, publicado en el Periódico Oficial No. 51, Número Especial, de fecha 02 de septiembre de 2025, Tomo CXXXII, expedido por la H. XXV Legislatura, siendo Gobernadora Constitucional la C. Marina del Pilar Ávila Olmeda, 2021-2027;

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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  • Párrafos: límites tomados del .DOC oficial de la misma edición (https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_V/20260828_CODPENAL.DOC); texto tomado del PDF oficial. Se omiten el encabezado y el pie repetidos de cada página.
  • Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').
  • Las marcas editoriales de la fuente ('Artículo Reformado', 'Párrafo Adicionado', …) y la entrada del historial de reformas que la fuente publica después de los transitorios originales van en nota_reforma del artículo, no en el texto.

Transitorios (239 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 125 Bis, Código Penal de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 28 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-125-bis/

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