CCCDMX · Art. 443

Artículo 443 del Código Civil de la Ciudad de México

LIBRO PRIMERO. De las personas · TITULO OCTAVO. De la patria potestad · CAPITULO III. De la pérdida; suspensión, limitación y terminación de la patria potestad

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026

La patria potestad se acaba:

I.Con la muerte del que la ejerce, si no hay otra persona en quien recaiga;

II.SE DEROGA

III.Por la mayoría de edad de la hija o el hijo.

IV.Con la adopción de la hija o el hijo.

V.Cuando el que ejerza la patria potestad de una o un menor de edad, lo entregue a una Institución pública o privada de asistencia social legalmente constituida, para ser dado en adopción de conformidad con lo dispuesto por el artículo 901 bis del Código de Procedimientos Civiles.

Sobre este texto
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Última reforma
(Gaceta Oficial de la Ciudad de México)

Notas de reforma de este artículo

  • (REFORMADO, G.O. 9 DE JUNIO DE 2004)
  • (FRACCIÓN REFORMADA, G.O.CDMX 28 DE JUNIO DE 2024)
  • (FRACCIÓN REFORMADA, G.O.CDMX 28 DE JUNIO DE 2024)
  • (FRACCIÓN REFORMADA, G.O.CDMX 28 DE JUNIO DE 2024)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • art. 243: inicia con 'Se deroga.' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo
  • art. 1549: inicia con '(DEROGADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo
  • art. 3049: inicia con '(DEROGADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo
  • art. 3054: inicia con '(DEROGADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo
  • Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición.

Transitorios (58 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 443, Código Civil de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 20 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-443/

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