Artículo 494 B del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO PRIMERO. De las personas · TITULO NOVENO. De la tutela · CAPITULO V. De la tutela de los menores en situación de desamparo
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal, para efecto de los dispuesto en el artículo anterior contará con un comité técnico como órgano de apoyo cuyo objeto será vigilar y garantizar el estricto respeto a los derechos fundamentales de las niñas y los niños con base en el interés superior del menor, adoptando las medidas necesarias de protección para su cuidado y atención.