LNSIJPA · Art. 73

Artículo 73 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Autoridades Auxiliares

Libro primero. Disposiciones generales · Título IV. Autoridades, instituciones y órganos · Capítulo VII. De las autoridades auxiliares en el sistema integral

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022

Los órganos del Sistema podrán auxiliarse de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y de los organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas.

Las policías y servicios periciales que actúen como auxiliares del Ministerio Público, también deberán acreditar que su personal cuenta con capacitación en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.

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Cómo citar

Artículo 73, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 20 dic 2022. https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-73/

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