Artículo 73 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Autoridades Auxiliares
Libro primero. Disposiciones generales · Título IV. Autoridades, instituciones y órganos · Capítulo VII. De las autoridades auxiliares en el sistema integral
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022
Los órganos del Sistema podrán auxiliarse de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y de los organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas.
Las policías y servicios periciales que actúen como auxiliares del Ministerio Público, también deberán acreditar que su personal cuenta con capacitación en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.