CPCDMX · Art. 243

Artículo 243 del Código Penal de la Ciudad de México

LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL · TÍTULO DÉCIMO QUINTO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO · CAPÍTULO IX. ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 21 de agosto de 2026

Se impondrán de dos a siete años de prisión y multa de cincuenta a ciento veinte Unidades de Medida y Actualización vigente, a quien después de la ejecución de un delito y sin haber participado en él, adquiera, posea, desmantele, venda, enajene, trafique, pignore, reciba, traslade, use u oculte el o los instrumentos, objetos o productos de aquél, con conocimiento de esta circunstancia si el valor de cambio no excede de quinientas veces la Unidad de Medida de Actualización vigente.

Si el valor de éstos es superior a quinientas veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, se impondrán de cinco a diez años de prisión y multa de doscientas a mil quinientas Unidades de Medida y Actualización vigente.

Cuando el o los instrumentos, objetos o productos de un delito se relacionan con el giro comercial del tenedor o receptor, si éste es comerciante o sin serlo se encuentra en posesión de dos o más de los mismos, se tendrá por acreditado que existe conocimiento de que proviene o provienen de un ilícito.

La misma pena se impondrá a quien adquiera, posea, desmantele, venda, comercialice, enajene, trafique, pignore, reciba, traslade, use u oculte el equipamiento o mobiliario urbano señalando en la fracción II del inciso E del artículo 224 del presente Código.

Sobre este texto
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Última reforma
(Gaceta Oficial de la Ciudad de México)

Notas de reforma de este artículo

  • Párrafo reformado G.O. CDMX 31/03/23
  • Párrafo reformado G.O. CDMX 31/03/23
  • Párrafo adicionado G.O. CDMX 31/03/23

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

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Cómo citar

Artículo 243, Código Penal de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 21 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-243/

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