CPCDMX · Art. 364

Artículo 364 del Código Penal de la Ciudad de México

LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL · TÍTULO VIGÉSIMO SÉPTIMO. DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LAS INSTITUCIONES DEL DISTRITO FEDERAL · CAPÍTULO IV. MOTÍN

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 21 de agosto de 2026

Se impondrá prisión de seis meses a siete años a los que, para conseguir que se les reconozca o conceda algún derecho, en forma tumultuaria:

I.Amenacen a la autoridad para obligarla a tomar alguna determinación; o

II.Por medio de violencia en las personas o sobre las cosas, perturben el orden público.

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Última reforma
(Gaceta Oficial de la Ciudad de México)

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Cómo citar

Artículo 364, Código Penal de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 21 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-364/

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