Artículo 475 del Código Penal de Coahuila
Motín
Libro Segundo · Parte especial · Título Décimo Tercero. Delitos contra la seguridad de las instituciones constitucionales del Estado o de sus municipios · Capítulo Cuarto. Motín
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 19 de mayo de 2026
Se impondrá de seis meses a siete años de prisión, a quienes para conseguir que se les reconozca o conceda algún derecho, en forma tumultuaria:
I.(Intimidación a la autoridad para que tome una determinación)
Intimiden a la autoridad mediante actos violentos contra ella u otras personas, para obligarla a tomar alguna determinación.
II.(Perturbación violenta del orden público)
Por medio de violencia física a las personas o daño a las cosas, perturben el orden público.