Artículo 25 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Título segundo. De la cultura cívica y de la participación vecinal · Capítulo II. De la participación vecinal
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 21 de agosto de 2026
Las Personas Juzgadoras y Secretarias, conforme a los ordenamientos jurídicos aplicables, garantizarán el derecho de expresión de los grupos artísticos o culturales que estén debidamente acreditados ante la autoridad competente.