Artículo 219 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Titulo tercero. Del sistema de movilidad · Capítulo XIV. De la infraestructura para la movilidad y su uso
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 27 de agosto de 2025
La Secretaría determinará las acciones necesarias para mejorar la circulación vehicular del transporte descarga y promover la utilización de vehículos eficientes, ligeros y con tecnología sustentable en zonas críticas.