Artículo 1505 del Código Civil de Chiapas
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo tercero. De la forma de los testamentos · Capitulo II. De testamento publico abierto
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
FALTANDO ALGUNA DE LAS REFERIDAS SOLEMNIDADES, QUEDARA EL TESTAMENTO SIN EFECTO, Y EL NOTARIO SERA RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS.