Artículo 300 del Código Penal de Chiapas
Libro segundo · Parte especial · Título décimo. Delitos en contra de las personas en su patrimonio · Capítulo IV. EXTORSIÓN (Se reforma mediante P.O. Núm. 377 de fecha 21 de noviembre de 2024)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 29 de abril de 2026
La definición de tipos penales, sanciones, agravantes, delitos vinculados y competencia de los tribunales locales, respecto a los delitos en materia de Extorsión, se sujetará a lo dispuesto por la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, Reglamentaria de la Fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.