Artículo 1211 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo II. De la capacidad para testar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Cuando un demente pretenda hacer testamento en un intervalo de lucidez, el tutor y a falta de éste cualquier miembro de la familia de aquél, presentará por escrito una solicitud al Juez que corresponda, para que se haga constar dicha lucidez.