Artículo 1392 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo IX. De la nulidad, revocación y caducidad de los testamentos · Sección primera. De la nulidad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Es nulo el testamento captado por dolo o fraude.
El que por dolo, mala fe o violencia impide que alguno otorgue su testamento o revoque el otorgado, será incapaz de heredar a aquél, aún por intestado.
Para calificar el dolo, la mala fe y la violencia, se aplicarán los artículos 1709 y 1713 de este Código.