Artículo 1481 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo tercero. De la forma de los testamentos · Capítulo VI. Del testamento privado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
En el caso del artículo anterior, si supiere escribir y pudiere hacerlo, el testador firmará al calce, rubricará lo escrito e imprimirá su huella digital. Si no supiere o no pudiere escribir, imprimirá su huella digital a calce de cada una de las hojas y otro testigo más firmará a su ruego.