Artículo 1494 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo cuarto. De la sucesión legítima · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Tienen derecho a heredar por sucesión legítima, en el orden establecido por este Código:
I.Los descendientes;
II.El cónyuge supérstite o quien vivía con el autor de la herencia en la situación prevista por el artículo 1527 de este Código;
III.Los ascendientes;
IV.Los parientes colaterales hasta el cuarto grado; y,
V.A falta de las personas comprendidas en las fracciones anteriores, heredará la Asistencia Pública del Estado.