Artículo 1558 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legitima · Capítulo III. De la aceptación y de la repudiación de la herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Nadie puede aceptar o repudiar una herencia sin tener certeza de la muerte del autor de la misma, o sin que tenga lugar la sucesión del ausente.