Artículo 1733 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Título primero. Fuentes de las obligaciones · Capítulo I. Contratos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Los contratantes pueden poner las cláusulas que crean convenientes; pero las que se refieran a requisitos esenciales del contrato, o sean consecuencias de su naturaleza ordinaria, se tendrán por puestas aunque no se expresen, a no ser que las segundas sean renunciadas en los casos y términos permitidos por la ley.