Artículo 2585-15 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Título decimoprimero. De las asociaciones, fundaciones y sociedades · Capitulo i bis. De las fundaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Los integrantes del patronato, sus cónyuges, ascendientes y descendientes en línea recta o colateral hasta el cuarto grado, sociedades o asociaciones en las que tengan una participación
preponderante, no podrán tener ninguna relación de tipo económico o laboral con la fundación, excepto en manifiesto beneficio de la misma.