Artículo 386 Ter del Código Civil de Chihuahua
Libro primero. De las personas · Título septimo. De la paternidad y filiación · Capítulo V. De la adopción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
El juez, antes de otorgar una adopción internacional y, tomando en consideración el interés superior del menor, concederá un plazo de treinta días naturales al organismo para la asistencia social pública, como autoridad central en materia de adopciones, para que a través de la Procuraduría de Asistencia Jurídica y Social presente propuesta de adopción de la persona menor de edad en su estado o país de origen.