Artículo 1243 del Código Civil de Coahuila
Libro tercero. Del derecho hereditario · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo VIII. De la partición
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Si el autor de la herencia dispone en su testamento que a algún heredero o legatario se le entreguen determinados bienes, el albacea, aprobado el inventario, se los entregará, siempre que garanticen suficientemente responder por los gastos y cargas generales de la herencia en la proporción que les corresponda.