Artículo 1662 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legitima · Capítulo VI. De la partición
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Si el autor de la sucesión dispone en su testamento que a algún heredero o legatario se le entreguen determinados bienes, el albacea, aprobado el inventario, se los entregará pero deberá garantizar suficientemente para responder de los gastos y cargos generales de la herencia, en la proporción que les corresponda, salvo que el testador hubiere eximido tal gravamen.