Artículo 1755 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título cuarto. De la posesión · Capítulo II. De la tutela de la posesión · Sección segunda. De los interdictos de retener y de recuperar la posesión
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Los interdictos de retener y de recuperar la posesión, podrán ejercitarse contra los causantes de la lesión posesoria, sean autores materiales o intelectuales de ella; y contra sus causahabientes universales o singulares.