Artículo 1806 del Código Civil de Coahuila
Libro quinto. De los hechos, los actos y los negocios jurídicos · Título primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Es ilícito el acto que es contrario a las leyes de orden público o a las buenas costumbres. Para los efectos específicos del capítulo cuarto del título segundo de este libro, es ilícito todo hecho del ser humano, positivo o negativo, realizado con dolo o culpa, que cause daño a otro en su persona o en sus bienes.
El dolo consiste en la intención de dañar. La culpa comprende la negligencia, la imprudencia, la impericia, la falta de previsión o de cuidado, y será apreciada, salvo disposición expresa de la ley, atendiendo a las circunstancias del caso.