Artículo 2493 del Código Civil de Coahuila
Libro sexto. De las obligaciones · Título séptimo. De la extinción de las obligaciones · Capítulo IV. De la novación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Hay novación de una obligación cuando las partes interesadas en ella la alteran substancialmente, substituyéndola por otra nueva.