Artículo 2730 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título segundo. De la compraventa · Capítulo VII. De la forma del contrato de compraventa
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
También podrán otorgarse en documento privado, conforme a lo señalado en la parte final del artículo anterior, los contratos de compraventa de viviendas o terrenos destinados a este fin, que se deriven de programas habitacionales del Estado, de los Municipios o de sus organismos descentralizados, siempre que los inmuebles sean de interés social y para uso propio, así como en aquellos casos en que su adquisición resulte de créditos otorgados por tales entidades a sus beneficiarios, cuando el monto de la operación así realizada no exceda del valor que a las viviendas los mismos asignen en sus programas, lo que acreditarán los interesados ante el Registrador, con la constancia expedida para ese efecto por la entidad que corresponda.