Artículo 3054 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título décimo. Del mandato · Capítulo VI. De los diversos modos de terminar el mandato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El mandato termina:
I.Por la revocación.
II.Por la renuncia del mandatario.
III.Por la muerte del mandante o del mandatario.
IV.Por la interdicción del mandante, excepto que hubiere sido otorgado en los términos del artículo 2998 y cuando el mandato se hubiera otorgado con la mención expresa de que habría de subsistir aun cuando el mandante devenga incapaz. Discernida la tutela de éste, el tutor podrá revocar este mandato en cualquier tiempo.
V.Por la interdicción del mandatario.
VI.Por el vencimiento del plazo y por la conclusión del negocio para el que fue concedido.
VII.En los casos previstos por los artículos 110, 111 y 112.