Artículo 3377 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimonoveno. De los contratos accesorios · Capítulo II. De la prenda · Sección III. De los derechos y obligaciones de los deudores principal y prendario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Para que el deudor prendario pueda oponer las excepciones que sean personales del deudor principal, debe éste habérselas dado a conocer.