Artículo 3375 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimonoveno. De los contratos accesorios · Capítulo II. De la prenda · Sección III. De los derechos y obligaciones de los deudores principal y prendario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El deudor principal podrá oponer al acreedor las siguientes excepciones:
I.Las inherentes a la obligación principal.
II.Las relativas al contrato de prenda.
III.Las que sean personales del deudor.