Artículo 2869 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XXI. Prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El deudor principal podrá oponer al acreedor las siguientes excepciones:
I.Las inherentes a la obligación principal;
II.Las relativas al contrato de prenda; y,
III.Las que sean personales del deudor.