Artículo 3399 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimonoveno. De los contratos accesorios · Capítulo III. De la anticresis
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
La falta de pago no autoriza al acreedor para quedarse con el bien, siendo aplicables al respecto las disposiciones conducentes de la prenda. para hacer efectiva la garantía.