Artículo 3491 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título vigésimo. De la asociacion civil
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Si la dirección no cita a asamblea cuando deba hacerlo, en su lugar lo hará el juez, a petición del cinco por ciento o más de los asociados.