CPCOAH · Art. 314 Bis

Artículo 314 Bis del Código Penal de Coahuila

Delitos contra personal de salud cometidos durante una emergencia sanitaria

Libro Segundo · Parte especial · Título Primero. Delitos contra la seguridad de profesiones y la prestación pública de servicios · Capítulo Segundo. Conductas arbitrarias relacionadas con servicios médicos o funerarios

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 19 de mayo de 2026

Se impondrá de seis meses a tres años de prisión, con independencia de la pena que le corresponda por la comisión de otros tipos penales, a quien cometa un delito en contra de médicos, personal de enfermería, auxiliares de estos o de personas que laboren en una institución de salud pública o privada, en el acto del ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, durante una emergencia sanitaria declarada por autoridad competente.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza)
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  • (ADICIONADO, P.O. 26 DE JUNIO DE 2020)

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Transitorios (66 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 314 Bis, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-314-bis/

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