Artículo 444 del Código Penal de Coahuila
Aprovechamiento de sueldo, salario o prestación de subalterno
Libro Segundo · Parte especial · Título Undécimo. Delitos contra la honestidad en el servicio público · Capítulo Cuarto. Otorgamiento indebido de puestos, contratos y recursos, aprovechamiento de información reservada u oficial, y otros abusos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 19 de mayo de 2026
Se impondrá de dos a cuatro años de prisión y de quinientos a mil días multa, al servidor público que, con cualquier pretexto, por sí o por interpósita persona, obtenga de un subalterno parte de su sueldo o de su salario o prestaciones económicas.
Como parte de la reparación del daño, el servidor público deberá cubrir al subalterno el importe del beneficio económico extraído al subalterno, referido en el Capítulo Décimo del Título Quinto del Libro Primero de este código.