Artículo 410-J del Código Civil de Colima
Libro primero. De las personas · Titulo septimo. De la paternidad y filiación · Capítulo V. De la adopción · Sección tercera. De la Adopción Plena (REFORMADO Y REUBICADO DECRETO 585, P.O. NO. 30 SUPL. 3, 18 JULIO 2009.)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Tendrán legitimación activa para requerir la declaración de abandono, quienes hubieren tenido al sujeto de adopción bajo su guarda, el Ministerio Público o el representante legal del establecimiento de asistencia donde la persona menor de edad hubiese sido colocado.