CPCOL · Art. 19

Artículo 19 del Código Penal de Colima

Aplicación subsidiaria del Código Penal y principios de especialidad, consunción y subsidiariedad

Libro primero · Parte general · Título primero. La ley penal · Capítulo IV. Leyes especiales y concurso aparente de normas

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 10 de octubre de 2026

I.Cuando se cometa un delito no previsto en este Código, pero sí en una ley especial del Estado de Colima, se aplicará esta última, y sólo en lo no previsto por la misma se aplicarán las disposiciones de este Código; y

II.Cuando una misma conducta aparezca regulada por diversas disposiciones:

a)La especial prevalecerá sobre la general;

b)La de mayor protección al bien jurídico absorberá a la de menor alcance; o

c)La principal excluirá a la subsidiaria.

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Última reforma
(Periódico Oficial "El Estado de Colima")
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  • 4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
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  • 117 artículos abren con su epígrafe ('ARTÍCULO 1. Aplicación del Código.', 'ARTÍCULO 32. Catálogo de penas. Las penas …'): se publica como epígrafe, sin el punto final; el texto conserva el resto del párrafo.
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Cómo citar

Artículo 19, Código Penal de Colima (Colima). Texto vigente, última reforma 10 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/articulo-19/

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