Artículo 262 del Código Penal de Colima
Libro segundo. De los delitos en particular · Título quinto. Delitos en materia de inhumaciones, exhumaciones y contra el respeto a los muertos · Capítulo II. Delito contra el respeto a los muertos (reformado decreto 133, supl. 3, p.o. 73, 22 noviembre 2016)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 10 de octubre de 2026
Se impondrá prisión de uno a cinco años y multa por un importe equivalente de cincuenta a doscientas unidades de medida y actualización:
I.Al que viole o vilipendie el lugar donde repose un cadáver, restos humanos o sus cenizas; o
II.Al que profane un cadáver o restos humanos, con actos de vilipendio, mutilación, brutalidad u obscenidad.