Artículo 294 del Código Penal de Colima
Libro segundo. De los delitos en particular · Título primero. Delitos contra el medio ambiente · Capítulo único. Delitos ambientales (reformado decreto 133, supl. 3, p.o. 73, 22 noviembre 2016)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 10 de octubre de 2026
Los trabajos a favor de la comunidad a que se refiere el artículo 39 de este ordenamiento, cuando se impongan por la comisión de delitos ambientales, consistirán en actividades relacionadas con la protección al ambiente o a la restauración de los recursos naturales.
En caso de aplicar lo dispuesto por el párrafo anterior, el juez deberá solicitar a la dependencia ambiental competente o a las instituciones de educación superior o de investigación científica, la expedición de un dictamen técnico.