Artículo 33 del Código Penal de Colima
Catálogo de medidas de seguridad
Libro primero · Parte general · Título tercero. Consecuencias jurídicas del delito · Capítulo I. Penas, medidas de seguridad y las consecuencias jurídicas accesorias para las personas morales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 10 de octubre de 2026
Las medidas de seguridad que se pueden imponer son:
I.Supervisión de la autoridad;
II.Prohibición de ir a un lugar determinado u obligación de residir en él;
(REFORMADA DEC. 104, P.O. 33, SUP. 3, 11 JUNIO 2016)
III.Tratamiento de inimputables o imputables disminuidos;
(REFORMADA DEC. 104, P.O. 33, SUP. 3, 11 JUNIO 2016)
IV.Tratamiento de deshabituación o desintoxicación; y
(ADICIONADA DEC. 104, P.O. 33, SUP. 3, 11 JUNIO 2016)
V.Tratamiento psicológico especializado tratándose de sujetos activos cuya conductas se hubieran cometido con violencia.