Artículo 2138 del Código Civil de Durango
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies del contrato · Título segundo. De la compra-venta · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Las compras de cosas que se acostumbran gustar, pasear (sic) o medir, no producirán sus efectos sino después que se hayan gustado, pesado o medido los objetos vendidos.