Artículo 2408 del Código Civil de Durango
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies del contrato · Título octavo. Del depósito y del secuestro · Capítulo I. Del depósito
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Si no hubiere lugar designado para la entrega del depósito, la devolución se hará en el lugar donde se haya la cosa depositada. Los gastos de entrega serán de cuenta del depositante.