Artículo 2408 del Código Civil de Oaxaca
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo octavo. Del depósito y del secuestro · Capitulo I. Del Depósito
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
Si no hubiere lugar designado para la entrega del depósito, la devolución se hará en el lugar donde se halla la cosa depositada. Los gastos de entrega serán de cuenta del depositante.