Artículo 2753 del Código Civil de Durango
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies del contrato · Título décimo cuarto. De la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Si perdida la prenda el deudor ofreciere otra o alguna caución, queda el artículo (sic) del acreedor aceptarlas o rescindir del contrato.