CPDGO · Art. 306 Bis

Artículo 306 Bis del Código Penal de Durango

Libro segundo. De los delitos · Titulo cuarto. Delitos contra la colectividad · Subtítulo décimo. Delitos contra la dignidad, la paz y la seguridad de las personas · Capitulo ii bis. Violencia politica

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026

A quien por si, o a través de terceros, por medio de cualquier acción u omisión realizada en contra de una mujer por razón de género, que causen daño físico, psicológico, sexual o económico y tenga por objeto o resultado la restricción, suspensión o impedimento del ejercicio de sus derechos políticos, incluyendo el ejercicio del cargo; la induzca u obligue, por cualquier medio, a tomar decisiones en contra de su voluntad acerca de esos mismos derechos, se le impondrá de dos a cinco años de prisión, y multa de ciento cuarenta y cuatro a trescientas sesenta veces la Unidad de

Medida y Actualización, así como, tratamiento integral especializado enfocado a la erradicación de la violencia política.

La pena se aumentará en una mitad cuando este delito:

l.Se cometa en contra de mujeres: embarazadas, adultas mayores, de pueblos originarios, en condición de discapacidad, sin instrucción escolarizada básica, o por su orientación sexual, y

II.Sea perpetrado por quien está en el servicio público, por superiores jerárquicos, Integrantes de partidos políticos o por persona que esté en funciones de dirección en la organización política donde participe la víctima.

Además, en caso de que el sujeto activo sea servidor o servidora pública, se le Inhabilitará para el desempeño del empleo, cargo o comisión público, por un tiempo Igual al de la pena de prisión Impuesta.

ADICIONADO POR DEC. 313 P.O. 36 DE FECHA 4 DE MAYO DE 2020.

Leer de corridodentro de Subtítulo décimo. Delitos contra la dignidad, la paz y la seguridad de las personas

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango)
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Pendiente de verificar

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  • 11 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 115 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('ARTÍCULO 1. Principio de legalidad.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.
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Transitorios (32 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 306 Bis, Código Penal de Durango (Durango). Texto vigente, última reforma 7 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-306-bis/

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