Artículo 2.4 del Código Civil del Estado de México
Concepto y naturaleza de los derechos
LIBRO SEGUNDO. De las Personas · TITULO SEGUNDO. De los Derechos de la Personalidad
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Los derechos de la personalidad constituyen el patrimonio moral o afectivo de las personas físicas. Son inalienables, imprescriptibles e irrenunciables, y goza de ellos también la persona jurídica colectiva en lo que sea compatible con su naturaleza.
Es deber del Estado proteger, fomentar y desarrollar estos derechos.